Notario adjunto: D. Isidoro Crespo Panadero
C/ Rosario, 18-28 37001 Salamanca
I.- La Notaría de matrimonios, cuya función es:
1º.- Tramitar la dispensa de las proclamas matrimoniales, para cuya concesión está facultado el Vicario General.
2º.- Tramitar la dispensa de impedimentos matrimoniales y de la forma canónica del matrimonio, cuya concesión ser reserva el Obispo.
3º.- Tramitar la autorización para asistir al matrimonio proyectado por quienes estén incursos en los supuestos que indica el derecho, que habrá de otorgar el Obispo.
4º.- Tramitar la convalidación de matrimonio, que requiera intervención de la autoridad eclesiástica, reservándose la decisión el Obispo.
5º.- Tramitar ante la Santa Sede la solicitud del rescripto de legitimación de hijos ilegítimos.
6º.- Tramitar los expedientes matrimoniales que han de hacerse en concurso con otras diócesis.
7º.- Prestar asesoramiento y asistencia a los párrocos en la elaboración de los expedientes matrimoniales.
8º.- Recibir y dejar constancia de las declaraciones de abandono formal de la Iglesia Católica.
(Del Estatuto de la Curia Diocesana.
Promulgado por el Obispo Diocesano, mediante Decreto,
en Salamanca, el 6 de febrero de 2007)