ACTUALIDAD DIOCESANA
Curia Diocesana

Oficina diocesana para la protección a menores

Responsable:

Francisco Javier García Santos, promotor de justicia

Equipo:

Raúl Román Sánchez, abogado
Aurora García Sánchez, perito psicóloga forense

Dirección:

Casa de la Iglesia. C/ Rosario, 18. 37001 Salamanca

Correo electrónico:

fiscaltribunal@diocesisdesalamanca.com

Teléfono:

923 12 89 00

La Diócesis de Salamanca cuenta desde mayo de 2020 con una oficina diocesana para la protección a menores y recepción de informes en relación a posibles conductas constitutivas de abusos sexuales de clérigos. La oficina tiene su sede en la Casa de la Iglesia y para el desempeño de esta tarea se ha designado al sacerdote y promotor de justicia, Francisco Javier García Santos.

El obispo de Salamanca, Mons. José Luis Retana, ha constituido un equipo para esta oficina para un plazo de tres años, y que junto al responsable estarán el abogado, Raúl Román, y la perito psicóloga forense, Aurora García.

Con la creación de esta oficina se atiende a la disposición planteada por el Papa Francisco en el  “Motu Proprio” Vos estis lux mundo (“Vosotros sois la luz del mundo”), del 7 de mayo de 2019, en el que se pide que se establezcan los procedimientos dirigidos a prevenir y combatir los delitos de abuso sexual.

En el decreto de creación de esta oficina ratificado por el entonces obispo de Salamanca, Mons. Carlos López, se precisa que según lo dispuesto en el Motu Proprio, “cualquier persona puede presentar un informe sobre las conductas constitutivas de abusos sexuales a menores“, y a añade, que “procurará exponer los hechos de la forma más detallada posible, con indicación de tiempo y lugar de los hechos y de las personas involucradas o con conocimiento de los mismos, así como cualquier circunstancia que estime útil para la valoración de los hechos”.

Informaciones protegidas

Además, se destaca que las informaciones recibidas, “tienen que estar protegidas y ser tratadas de modo que se garantice su seguridad, integridad y confidencialidad”. Este documento también recuerda que el hecho de presentar un informe, “no es una violación del secreto de oficio“, y que la persona que hace un informe “no puede ser obligada a guardar silencio sobre su contenido”, y “ni ella misma puede ser sometida a presiones, represalias o discriminaciones”.

 

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